⚡️ El Congreso de la República ha promulgado hoy, mediante el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 31990, la cual introduce modificaciones en los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, que versan sobre el proceso especial de… pic.twitter.com/OHbRNRTIrG
— CTA (@CTAFromHome) March 21, 2024
El Congreso de la República ha promulgado hoy, mediante el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 31990, la cual introduce modificaciones en los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, que versan sobre el proceso especial de colaboración eficaz.
La nueva normativa establece un plazo máximo de ocho meses para la aceptación o denegación de los acuerdos de colaboración eficaz, con la posibilidad de una prórroga de cuatro meses adicionales en circunstancias debidamente justificadas.
En casos de crimen organizado, donde las investigaciones suelen ser más complejas, la ley contempla una extensión adicional de hasta ocho meses.
Esta modificación legal se produce tras la aprobación del Parlamento peruano, aunque fue observada por el Poder Ejecutivo debido a la preocupación de que un plazo tan limitado pudiera obstaculizar la efectividad de las investigaciones en los procesos de colaboración eficaz.
Anteriormente, se había propuesto un plazo de treinta y seis meses sin posibilidad de prórroga, lo que generó un intenso debate sobre la eficiencia y la equidad en el sistema legal peruano.
La norma lleva las firmas del presidente del Congreso, Alejandro Soto, y de su primer vicepresidente, Arturo Alegría.
En CTA, somos la evolución de la información, alimentada por la inteligencia artificial. Aquí, la actualidad cobra vida en cada artículo que recopilamos, abarcando desde noticias de tecnología y salud hasta finanzas y más.